BUENOS AIRES.- El titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Emilio Basavilbaso, consideró “más justo” aplicar el impuesto a las Ganancias a los jubilados cuyos ingresos sumados superen los $ 55.854.
El pasado 2 de enero, a través de la circular interna Nº01/19, la Anses modificó los criterios de retención del tributo. “Lo que hicimos fue ser más justos; si hay un jubilado que tiene dos beneficios y otros no, pusimos a todos en igualdad de condiciones”, afirmó Basavilbaso en radio La Red.
Manzur pidió a Nación que revea el cobro de Ganancias a jubiladosEl titular de la entidad explicó que “antes, para determinar si los jubilados debían pagar o no (el impuesto a las Ganancias) se tenían en cuenta el monto del beneficio individual”. A partir de enero se estableció que se tendrá en cuenta el número de CUIL para realizar el cálculo.
Ahora, “si un jubilado cobra también una pensión y la suma supera el monto de $ 55.854 empieza a tributar”, explicó Basavilbaso.
Por su parte, el defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, también adelantó en emisora La Red que harán una presentación judicial para evitar la aplicación de esta decisión, dado que la “resolución hace una interpretación de la ley”. Agregó que “el haber jubilatorio no es ganancia”, y que se caerá en una “doble imposición” si el jubilado ya tuvo descuentos por este impuesto sobre sus ingresos antes de retirarse.
Las propinas que se paguen con tarjetas quedarán exentas de IVA y Ganancias“Van a pasar meses, y desgraciadamente mientras esto se resuelva, si ocurre algún día, se le va a seguir injustamente descontando a los trabajadores jubilados”, comentó Semino.
Para los asalariados activos, según los nuevos valores con los que se tributará el impuesto, el piso es tener un ingreso mensual promedio neto de $ 38.301. En el caso de los miembros del Anses -jubilados y pensionados- la cifra es seis veces superior al haber mensual mínimo, por lo que sería alrededor de $ 55.854 y en marzo se estima un aumento de $ 62.462, según publicó Infobae.
En la circular difundida se aclaró que el procedimiento de cálculo del impuesto será el siguiente:
1) Se sumaran los haberes correspondientes a todos los beneficios que posea un titular y se encuentren alcanzados por el impuesto.
2) Se aplicaran las deducciones correspondientes que se encuentren por recibo de haberes (obra social, seguro de vida, cuota sindical, Ley de Solidaridad Previsional) y cargas de familia declaradas.
3) Obtenida la retención, el monto total se proporcionalizará en cada uno de los beneficios tratados, teniendo en cuenta el monto del haber, menos el descuento de la Ley de Solidaridad Previsional.
Según publicó el diario La Voz, con la nueva disposición, se podría ampliar el universo de los jubilados que tributan Ganancias. En 2018 ya habían sido alcanzadas, en promedio, unas 297.000 personas, lo que representaría un 4,5 por ciento del total de jubilados nacionales.
Aunque el Gobierno prometió una reducción de la presión fiscal, en los últimos tres años se estima que 700.000 personas se sumaron al grupo de los que tributan el gravamen a las Ganancias. El mecanismo para sumar gente era el congelamiento de escalas y del mínimo no imponible en un contexto de inflación.
En la web de la Anses se indica que para informar las deducciones, otros ingresos, cargas de familia y percepciones para ser tenidas en cuenta en la determinación de la retención de Ganancias, se debe completar el formulario 572 web, por medio del sistema Siradig de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Además, se explica que para realizar reclamos y/o conocer el detalle de la liquidación realizada durante el año anterior se debe obtener presencialmente el formulario 649 (resumen informativo del año fiscal donde se muestran las remuneraciones brutas, deducciones y retenciones consideradas en el cálculo del Impuesto a las Ganancias). (Télam)